viernes, 13 de febrero de 2009



La Nueva Constitución Política del Estado (NCPE) tiene el gran mérito de desembarazar un derecho político tan importante, como es el voto de los emigrantes bolivianos en el exterior, de las voluntades políticas que lo han inviabilizado por años. Es preciso, por tanto, enfatizar la idea nuclear de que no es necesaria una ley que enmarque este, ahora, derecho político protegido constitucionalmente. En todo caso, la forma en que será implementado el voto en el exterior deberá ser parte de la nueva estructura legal que regirá al Órgano Electoral (OE).


Es, por supuesto, un reto de considerables dimensiones que tendrán/tendremos que enfrentar diversos actores dentro y fuera del país y la sociedad en su conjunto; siendo el actor protagónico el OE, debería ser, pues, uno más de los tantos retos que asuma de cara a las elecciones generales de diciembre. En primera instancia es preciso insertar el tema dentro de la reingeniería legal que enmarque su labor; es decir, deberá existir un capítulo o un título (acorde a la técnica legislativa usada) dedicado a establecer la forma de implementación del voto en el exterior; que defina, por último, incluso la forma de votación sea esta presencial o por correo, forma que definirá, al mismo tiempo, el lugar del escrutinio de resultados.


Ahora, es imprescindible tener claro que dicha implementación debe, todavía, transitar un difícil camino abonado de temas muy sensibles; entre ellos el empadronamiento de los compatriotas en el exterior. La actual CNE ha dado grandes señales en torno al tema del padrón electoral dentro del país, es tiempo de que las señales lleguen también a los que están fuera. Sin embargo, los problemas que afrontan en la actualidad los registros consulares son una gran piedra en el camino que hay que saber afrontar y retirar; lamentablemente, esto nos traslada, nuevamente, a un escenario dominado por las voluntades políticas. Es así que la cancillería tiene, también, un rol protagónico en la materialización de este anhelo; rol que está obligado a asumir con la mayor decisión posible.


Y, por último, estamos los principales actores del quehacer electoral; los bolivianos, quiénes, en nombre de los que están lejos, debemos asumir una actitud militante para poder hacer llegar este derecho político a la mayor cantidad de rincones del mundo donde se encuentre un compatriota, para que pueda, finalmente, llegar este nuevo Estado boliviano hasta él. Es un camino que debemos, todos, transitar.


Había escrito lo anterior para un medio de comunicación (por ello la ¿seriedad?). El asunto es que la ley transitoria del régimen electoral tiene, entonces, dos susceptibles aristas que deberán ser discutidas en el Congreso: el voto en el exterior y la asignación de escaños de las circunscripciones especiales; ambas tramas contempladas en la Constitución. Pero, sobretodo, hay algunos “mitos” que urgen ser despejados del camino. Entre ellos:


  1. “Quiénes habiten en las circunscripciones especiales podrán votar doble”. El artículo 33 del proyecto establece, precisamente, que las papeletas de sufragio de dichas áreas estarán divididas en tres (plurinominal, uninominal, especial); el ciudadano sólo podrá votar por el plurinominal y el uninominal o el especial, según lo decida, mandaría la ley que “la doble votación dará lugar a la nulidad del voto”.
  2. “La creación de las circunscripciones especiales generará conflictos limítrofes departamentales”. Tanto el artículo 31 del proyecto como la Constitución Política del Estado establecen que las mismas “no trascienden los límites departamentales”.
  3. “El proyecto prioriza pueblos y/o naciones indígenas que no representan a cada departamento”. Precisamente el espíritu de la Constitución y de la ley es procurar la representación de las minorías, por ello en el mismo artículo 31 del proyecto y en la Constitución se establece que las circunscripciones especiales se constituirán “sólo cuando los pueblos y/o naciones indígenas, originario campesinas constituyen una minoría poblacional” (a nivel departamental, por supuesto).

Queda conocer, entonces, la propuesta de la CIDOB que, parece, tiene como diferencia sustancial los 18 escaños especiales en contrapropuesta a los 15 del proyecto de ley que envió el gobierno y que el parlamento determine cuál viabiliza. Y, esperar la ley que reglamente el voto en el extranjero ya que, el decreto presentado es sólo una pérdida de tiempo, el voto en el extranjero ya es constitucional ahora precisa un marco normativo.


Pd. Díganselo a cierto ¿analista?, que ya van dos noches que revuelca su maltratado y (Val)verde hígado en su propia desinformación. Y si recuerda lo que es, le mando, también, mucho amor pletórico de alegría.

 
posted by La Vero Vero at 12:45 AM |


18 Comments:


At 13 de febrero de 2009 13:07, Blogger Javier Sandoval A.

"Solo una ley puede abrogar o modificar otra", dice un principio básico jurídico. En Bolivia, al Derecho...lo mandaron al carajo hace rato los del gobierno.

 

At 13 de febrero de 2009 13:42, Anonymous Anónimo

Robin:

¡La corrupcion avanza en Bolivia¡,

¡Santos Ramirez¡ Batman

 

At 13 de febrero de 2009 15:24, Blogger CUCHITA

Creo que en Pando es solo un diputado especial.
En el Beni el dia que elijan un chiman como diputado te dare el beneficio de la duda de que esto no es una payasada, ya que los "dirigentes indigenas" tienen un prontuario mas grande que el de santos ramires actualmente, solo se dejaron crecer el pelo y dicen las unicas tres palabras en dialecto que se saben. Los unicos indigenas que hay de verdad son los chimanes, solo el dia que vea uno en estos puestos de dare la razon, mientras me puedes tachar de "valverderista" e incredula.

 

At 13 de febrero de 2009 15:48, Anonymous Cachimboliviano

Javierito creo que te quedaste en el 21 de enero, tus leyes fueron, todas, abrogadas/derogadas por la Nueva Constitución. Esas tus leyes fueron, todas, mandadas al carajo por más del 60% de la ciudadanía boliviana que le dijo SI a la Nueva Constitución. Date una vueltita por este mes de febrero.

Adios!!

 

At 13 de febrero de 2009 16:03, Blogger Javier Sandoval A.

Anónimo:

Jajajajaja, buenísimo.

Cachimboliviano:

NO hablo de leyes sino de principios básicos del Derecho.
Date una vueltita por la Universidad, viejo !!!

 

At 13 de febrero de 2009 20:10, Anonymous Cachimboliviano

Javito, supongo que te enseñaron en la U que para que se aplique ese Principio del Derecho se requiere que este VIGENTE la Ley a la que haces mención, sucede mi amigo que al parecer no te informaste que desde la promulgación de la Nueva constitución TODAS esas leyes han sido derogadas/abrogadas, luego el principio no se aplica, pues todo principio es condicional. No es necesario ni pasar el 5to grado para entenderlo es apenas cuestión sentido común y un mínimo de coherencia lógica. Que verguenza mi amigo, no quiero saber en que U estudiás o estudiaste, no es aprender las cosas como loro y repetirlas, tienes que entenderlas.

Adios!!

 

At 13 de febrero de 2009 20:21, Blogger Javier Sandoval A.

Escribo en chino que no se me entiende? NO ESTOY HABLANDO DE ALGUNA LEY ESPECIFICA. Se supone que vivimos en un estado de Derecho, verdad? Y hay algo que se llama DOCTRINA que son leyes "intrínsecas" que rigen (one more time) EL ESTADO DE DERECHO. Y algunas son tan básicas que no se escriben en una CPE. Un ejemplito fácil: una ley no puede estar por encima de la CPE, así como un Decreto Supremo sobre una Ley o una Resolución Administrativa sobre un Decreto Supremo, etc, etc.
Y si después de esto NO ENTENDÉS...es porque, amigo, definitivamente sos TAPADO.

Qué tengás un lindo día.

 

At 13 de febrero de 2009 22:55, Blogger Javier Sandoval A.

Si aún así no me creés...pues googleá: Piramide Normativa o Pirámide de Kelsen.

 

At 14 de febrero de 2009 00:02, Blogger Eduardo Saucedo Justiniano

Vero, tanto defendiste la nueva CPE para que venga el autor del decretazo en favor de Santito Ramirez y en la primera de cambios emita un decreto inconstitucional...

Cachimbo, no sas puej buuurrooooo viejo, no todas las leyes han sido abrogadas, solo aquellas que son contrarias a la nueva CPE. El Código Civil, o el Penal o el Procedimiento Penal, o el de Familia por ejemplo, siguen vigentes. O sino con que ley juzgamos a Santos y Quintana por sus delitos??. Si Evo habla burradas, los demás no estamos obligados a hacer lo mismo. Lea un poquito querido para no hacer el ridículo, no sólo los masistas leen este blog, la Vero es leída por muchos....

 

At 15 de febrero de 2009 19:03, Blogger La Vero Vero

Javier: Pero si la ley no ha sido considerada aún, mejor esperaremos. decreto es, en todo caso, una pérdida de tiempo, como señalé. De todas formas en las dos propuestas de ley transitoria electoral que ví, se establece que sólo se incluyen las reformas urgentes y que el resto sigue normado por el Código Electoral vigente. No hay ley modificada aún, los decretos parecen ser bombas de humo. Esperemos. Saludos!!!

Anónimo: jé! qué buena, con su respectiva edición, si la colectividad rebelde se organiza, irá en clave de Taparaku. Salud!!!

Cuchita: Sí, en Pando es uno y en Beni dos. La verdad es que, personalmente no tengo la capacidad técnica para determinar que tipo de distribución correspondería, en todo caso se pueden aplicar distintos criterios. No me creo, tampoco en la capacidad, de decir que los "únicos" indígenas son los chimánes; puedo tomar como cierta tu percepción desde tu región pero desde el occidente mi experiencia es otra. No te tacharía de Valverdista ni por si acaso, creo que eres una persona con buenas intenciones y sobretodo sincera, que hablas desde una frustración personal en tu proyecto común pero que mantienes el espíritu de construcción; eso, por supuesto, no se acerca siquiera al "Valverdismo" prefiero pensar que eres una incrédula o, mejor, una escéptica, como yo y espero, también, que nos quiten el esceptisismo a la par y pronto. Saludos!!!

Cachimboliviano: jé! (...) En realidad creo que la abrogación es de las leyes contrarias a la Constitución, pero la verdad no estoy segura de nada de lo que se ha dicho acá hasta el momento. Voy a consultar con los que conocen de estos quehaceres jurídicos y me apunto con una posición. Mientras, saludos de colores!!!!

Eduardo: Claro que la sigo defendiendo, insisto, se va a necesitar una ley, ese decreto es una pérdida de tiempo y de capital político, nada que ver. ¿Pero, y? Yo le sigo cascando nomás en lo que creo, no? Y sé, además, que habrán muchos que le pongan piedras a la implementación de nuestra Constitución en el futuro, desde oposición y oficialismo. ¿Qué le vamos a hacer? Seguir defendiendo lo que siempre defendemos. Saludotes!!!!

 

At 16 de febrero de 2009 11:51, Anonymous Efraín

Javier, Eduardo, olviden lo que dije mis amigos, es dificil conversar con gente doctrinaria y dogmática (a confesión de ambos), que antepone sus dioses (o diosas) a la posibilidad de un dialogo abierto. De todas formas solo decirles que este mundo es demasiado complejo como para reducirlo a abstracciones dogmáticas y doctrinarias.. donde la fé (a esa entidad metafísica llamada Estado de Derecho) obnubila a la Razón y al Derecho, como saber y no como religión. Pero en fin, supongo que cada quién con sus dioses.

Javierito, tu lo has dicho bien por encima de las leyes, solo la CPE. Lo que no te enteraste es que hoy nos rige una Nueva Constitución, te guste o no. El Principio al que te referís solo tiene sentido en el marco de una Constitución vigente, solo en ese caso tiene sentido la aplicación de un principio tal. Si la Nueva CPE tuviera alguna Ley aprobada por el Organo Legislativo, es obvio que para modificarla se necesitaría otra Ley, precisamente por la aplicación del Principio en cuestión, pero únicamente si hubiera alguna Ley aprobada por el Organo Legislativo, en otro caso no se podría aplicar el Principio, eso es simple lógica de 1ro de secundaria y sentido común.

Eduardo, ¿en que lugar de la Nueva CPE dice que las leyes siguen vigentes en tanto no sean contrarias a la NCPE?, creo que te confundís con la CPE aprobada en Oruro, por que la que fué modificada en el Congreso no dice nada al respecto. Es decir, desde el momento en que la Nueva CPE fué promulgada todas las leyes anteriores has sido derogadas/abrogadas de un plumazo, lo cual no constituye un problema pués como sabes la derogación o abrogación, también por Principio del Derecho, solo puede aplicarse si hubiera una ley que la sustituya en su aplicación, en cuanto eso no sucede la ley sigue aplicandose, aunque debe ajustarse a Derecho. De hecho muchas de las actuales leyes sufrirían apenas modificaciones menores para ser adapatadas al nuevo texto, pero esa es otra historia. Las leyes que debe aprobar el Congreso son una obligación ineludible, pero no sustituirán leyes de la Nueva CPE, por que ni siquiera existe el Organo Legislativo correspondiente, ni sustituiran las existentes, por que de hecho esas leyes ya no existen, han sido derogadas/abrogadas, simplemente vendrán a jugar un papel de leyes transitorias que posibilitarán la adecuación de las diferentes normas .

No se necesita ser un abogado para entenderlo, simplemente un mínimo de materia gris.

 

At 16 de febrero de 2009 12:33, Blogger Javier Sandoval A.

Efraín:

En primer lugar...no existe en Derecho (y también en el sentido común, ya que lo mencionaste) eso de "Nueva CPE". Dejó de ser el "Proyecto de Nueva Constitución Política del Estado" para ser (lastimosamente) la CPE VIGENTE.
Insinuás que la CPE no está vigente? Pero hombre...en qué planetas vivís? No viste al presi promulgándola? Ahhh...sí verdad?
Por lo tanto (y siguiendo tu lógica) el principio en cuestión es "aplicable".

Qué pensás que significa "deben ajustarse a Derecho"? Pues simplemente que las leyes no sean contrarias a la CPE.

Oiga compañero...todo un mar de contradicciones sos, che.

 

At 22 de febrero de 2009 11:13, Blogger Eduardo Saucedo Justiniano

Efraín, me temo que tus comentarios, casi siempre lúcidos, se ven opacados por la sarta de incongruencias y sofismas que acabás de escribir.

Primero, no es necesario que expresamente se diga que las leyes quedan derogadas o abrogadas puesto que una nueva ley, más aún una CPE, siempre se aplica para el futuro y deja sin aplicación cualquier ley en contrario del mismo o de menor rango. Evidentemente que lo ideal, para evitar subterfugios, es que la misma ley expresamente determine cuales leyes han quedado abrogadas pero ese es otro tema.

Segundo, caramba, ahora resulta que ninguna ley o D.S. esta vigente?? De donde sacás semejante sandez?? Todas, absolutamente todas las leyes están vigentes entretanto no exista una ley que las reemplace. Eso incluye incluso al mismo D.S. 21060 que tanto dizque aborrecen los zurdos. Lo contrario implicaría un vacío abosluto de estado de derecho y una anarquía que resultaría en una suerte de estilo Pancho Villa de amarren, aten y maten que ya viene aplicando Juan Camión Quintana en Pando.

Y a todo esto, a que son tenés que firmar con Cachimbo?? Porqué no ponés Efraín nomás?? Y que tal los sucesos de Pando, son dogamáticos también los que critican esta flagrante violación a los derechos fundamentales??

Saludos y expreso mis disculpas por lo de "burro" en el anterior comentario.

 

At 23 de febrero de 2009 11:58, Anonymous Cachimboliviano

Lo dije y lo sostengo no se puede conversar y menos dialogar con gente dogmática y doctrinaria (¿o adoctrinada?), a confesión de partes, es perder el tiempo, es como discutir con una piedra. Si ni ustedes pueden superar sus prejuicios dogmáticos, menos lo voy ha poder hacer yo. Es solo un tema de interpretación y nada mas, y como ustedes lo dejan claramente establecido en los comentarios, son interpretaciones antojadizas, propias supongo de una actitud servil involuntaria. Se bloquea cualquier posibilidad de modificar viejos esquemas, solo por temor, miedo. No los culpo todos atravesamos por esos cnflictos, yo incluido, intentamos superarlos, no es nada fácil, otros, como ustedes, deciden encerrarse en una burbuja de dogmas y doctrinas. Que pena.

 

At 24 de febrero de 2009 03:54, Blogger Eduardo Saucedo Justiniano

Sublime, Efraín dice que ninguna ley está vigente en Bolivia; su falacia es magistralmente refutada y acude a su pretexto de siempre: los que saben más que él son doctrinarios y dogmáticos.

Con razón tenemos esta CPE "empírica"......

Saludos, cambio y fuera

 

At 25 de febrero de 2009 11:00, Blogger Javier Sandoval A.

Pero hombre...hasta el mismísimo Exeni y su Corte nos dieron la razón y sigue este tipejo rebuznando. "Dogmáticos y doctrinario"? Jejejejejejeje.

 

At 15 de marzo de 2009 02:11, Anonymous pablo r. barriga

Vero Vero: hace tiempo hice, por cuestiones escolares, un boceto/diseño de una política pública de voto en el exterior para los bolivianos, basándome en las experiencias mexicana y ecuatoriana. Pensé, ha pasado más de un año desde eso, que a alguien en la CNE podría interesarle, pero nunca pude ponerme en contacto con ningún funcionario. ¿Será que podríamos enviársela?

Abrazos,

 

At 15 de marzo de 2009 02:12, Anonymous pablo r. barriga

Fe de erratas: ¿será que podríamos enviársela a algún funcionario a quien le resulte útil?